
Queridos Amigos: Antes que nada, no hay que alocarse. Es muy típico que,
después de andar buscando casa después de varias semanas, de repente
encontremos un piso y que digamos "este piso para mí", se nos ponga el
corazón a 120 pulsaciones y firmemos deprisa y corriendo el contrato de
alquiler que se nos presente. Sin embargo, no debemos
precipitarnos, y debemos mantener la cabeza fría: ¿Qué tipo de casa es
la que yo necesito? ¿Cuánto puedo pagar? ¿Está bien situada? ¿Hay
tiendas o servicios cerca? ¿Bien comunicada? Debemos responder a todas
esas preguntas y más.
Si hemos meditado y ya tenemos respuestas a todas esas
interrogaciones, es el momento de ponernos en marcha, y, ojo, encontrar
casa puede llegar a ser una empresa complicada. Hay afortunados que
encuentran su piso en un par de días, pero lo más normal es que tardes
semanas, incluso meses, en encontrar la vivienda adecuada. No te
deprimas ni te desesperes pensando que nunca encontrarás el piso de tus
sueños y que acabarás viviendo en una chabola. La desesperación te
llevará a malas decisiones. Al revés, consuélate pensando que los que
encuentran piso en un par de días son tan suertudos como cornudos.
Desafortunado en la búsqueda de piso, afortunado en amores. Venga, hay
que animarse.
La forma más rápida y práctica hoy día es acudir a la bolsa de la
vivienda a través de Internet. Con un par de clics accederás a miles de
pisos que podrás visitar virtualmente gracias a las fotografías. También
son muy efectivos los anuncios en los periódicos y publicaciones de
anuncios gratuitos. También atento a la visual ya que paseando puedes
encontrarte algún letrero de "se alquila" en los portales de las fincas
y podrás indagar al portero directamente. Fíjate en todos los
detalles al máximo: Cada vez que te enseñen un piso no debes ser tímido
y debes hacer una inspección visual lo más completa posible. Comprueba
el estado general de la vivienda, el agua caliente, las instalaciones de
luz, de gas e incluso que los electrodomésticos funcionan correctamente,
y etc. etc.
Cuando ya tenemos decidido nuestro piso ideal nos llega la hora de
firmar el contrato: ¿Quién es el propietario? Es
imprescindible que conozcamos la identidad del propietario lo que
podemos averiguar a través del Registro de la Propiedad. Si vamos a
firmar el contrato con algún representante o intermediario, es necesario
comprobar que tiene autorización del propietario para suscribir
su alquiler. Normalmente, si no firmas directamente con el
propietario, estarás en una situación de subarrendado y deberás tener
mucho cuidado y examinar a fondo el contrato que piensas firmar. A
veces nos presentarán un Inventario, si la casa es
amueblada, donde figura el contenido del inmueble. Ojo y revísalo bien
ya que serás el responsable de los desperfectos o la desaparición del
inventariado al finalizar tu contrato y te pueden detraer los gastos de
la fianza aportada. Ahora viene el Capítulo de los Gastos:
¿Quién paga los gastos de Comunidad? ¿Quién paga la luz? Aunque sean
preguntas que te parezcan obvias, hay que dejar meridianamente claro qué
gastos serán imputables a ti, el inquilino, y cuáles al Propietario, y
reflejarlo en el contrato de alquiler. En algunas ocasiones te
pedirán un aval o fianza, siendo esta última lo más habitual.
Normalmente te pedirán el importe del alquiler de un mes, dos a lo sumo,
de fianza.
Seguimos con los pormenores del contrato: ¿Cuál es la
duración del Contrato de Alquiler? Si no se especifica la
duración en el contrato, el período de alquiler se entiende por 5 años.
El arrendador estará obligado a prorrogar el contrato año a año hasta
cumplir un total de cinco, mientras que el inquilino puede rescindir el
contrato al final de cada año comunicándolo con un mínimo de treinta
días de antelación al propietario. Normalmente, la duración del
contrato, cláusulas de renovación, etc., van incluidas en el documento
ya que forma parte básica del mismo. Naturalmente, las cosas se
estropean con el tiempo: ¿Quién se hace cargo de los gastos de
conservación de la vivienda? Todo lo que se refiera a la
habitabilidad de la casa corre a cuenta del dueño, mientras que los
pequeños desperfectos ocasionados por el uso de la vivienda van a cargo
del inquilino.
Conviene no olvidar que, con cierta frecuencia, nos encontraremos con
Cláusulas Abusivas en el contrato. Una muy corriente
es, por ejemplo, solicitar 3 meses de fianza por adelantado al
arrendatario. Recordemos que cualquier cláusula abusiva que firmemos en
el contrato no tiene validez jurídica alguna y, por
tanto, no tenemos ningún imperativo legal que nos obligue cumplirlas.
Por último, ¿Estoy obligado a pagar una fianza? Sí y a
la firma del contrato. El inquilino dará obligatoriamente una fianza en
metálico. Su importe será el coste de un mes de alquiler.
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