Búsqueda personalizada
 Inicio    El Ojo Crítico del Doctor Risco    Hipotecas    Reunificar Deudas    Inmobiliarias Venta / Alquiler    Reformas en tu Casa    Consejos
  CANAL VIVIENDA   

  CONSEJOS PARA COMPRAR VIVIENDA: LA INSCRIPCIÓN DE LA CASA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
Consejos del Dr. RiscoQueridos Amigos:

Una vez hemos firmado la escritura de compraventa y la de préstamo hipotecario, y ya pagados los impuestos, todavía nos falta por realizar un último trámite que consiste en la inscripción del derecho que hemos adquirido, en este caso la vivienda, en el Registro de la Propiedad. Es esencial, según ya hemos explicado, que sólo compremos a aquella persona que en el Registro de la Propiedad aparece como propietario de la vivienda o del solar sobre el que se va a edificar, que comprobemos si existe algún embargo, hipoteca u otra carga en su historial registral y que, una vez hayamos firmado la escritura, procedamos a la inscripción de nuestro derecho en el Registro.

Dicha inscripción es necesaria para:

1-
Que el comprador quede plenamente protegido en el derecho que ha adquirido, pues sólo si inscribe su derecho en el Registro será considerado como único y verdadero propietario mientras no se declare lo contrario en sentencia judicial.

2 -
También quedará el comprador protegido frente a los acreedores del vendedor.

3 -
De igual manera frente a cargas ocultas que pudieran afectar a la vivienda.

4 -
Podrá acceder a la obtención de protección judicial de su derecho en caso de que sea discutido por otros o se perturbe su posesión. Una vez haya inscrito su derecho, ya nadie podrá adquirir con eficacia ningún derecho sobre su vivienda sin obtener previamente su consentimiento.

5 - El principal y que más nos afecta a nosotros es que nos permite obtener un préstamo hipotecario con el que financiar la adquisición de la vivienda, pues sólo si inscribimos nuestro derecho de propiedad podrá el Banco inscribir a su vez en la escritura la hipoteca que le garantiza la devolución del préstamo.

6 - Por supuesto que también sirve para poner en marcha la maquinaria burocrática que comunica al Catastro el cambio de titularidad de la vivienda para que el siguiente recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles sea ya girado a nombre del comprador.

CONTINUAR

PUEDES USAR EL BUSCADOR PARA ENCONTRAR CUALQUIER INFORMACIÓN SOBRE VIVIENDA, CRÉDITOS E HIPOTECAS.

Búsqueda personalizada
 

 (C) 2008 RAFAEL ÁLVAREZ, VALENCIA, ESPAÑA - POLÍTICA DE PRIVACIDAD, CONDICIONES DE ACCESO Y COPYRIGHT     PUBLICIDAD